En España, la SGAE recauda en los conciertos un 10% de la taquilla. En otros países, según la Asociación de Promotores Musicales de España, ocurre esto:

  • Portugal: 5%
  • Francia: 8’8%
  • Reino Unido: 3%
  • Alemania: 1,5%
  • Holanda: 3’5%
  • Estados Unidos: 0’5%
  • Europa (media): 5%

No es sólo que en España estemos al doble de la media europea, que ya es, de por sí, abusivo. Al no estar armonizado este porcentaje, al menos en Europa, suceden cosas como que si contratas a un artista inglés afiliado a la sociedad de gestión de derechos inglesa, que en su país pagarías el 3%, al realizar un concierto es España pasas a pagar más de 3 veces más por el simple hecho de que estás obligado a realizar el pago a través de SGAE. Si lo hicieras directamente con su entidad de gestión en su país de origen pagarías mucho menos.

Cosas como ésta son las que ponen a la Asociación de Promotores o la Comisión Nacional de Competencia en pie de guerra. Y no es para menos.

Categories: Derechos de Autor, Musica

11 Responses so far.

  1. Salvador dice:

    Una mentira más destapada.
    Decía Victor Manuel que la $GAE cobra la cuarta parte que sus homónimas europeas: http://www.lavanguardia.es/cultura/noticias/20100122/53875513757/victor-manuel-asegura-que-la-sgae-cobra-la-cuarta-parte-de-sus-homonimas-europeas.html.
    Por lo tanto, y teniendo en cuenta estos precedentes no me extrañaría que hay un 33% de dinero de las “prescripciones” (dinero que recauda y no reparte entre sus socios porque no identifica al autor, porque la obra es anónima, es popular, es de dominio público o no está afiliado a la $GAE).
    Menudo Pelotazo

  2. Salvador, muy buena aportación. Gracias.

  3. Salvador dice:

    El verdadero PELOTAZO de la SGAE es el de las “Prescripciones”, mucho más que el Canon Digital (porque éste se puede evitar comprando por Internet)
    La Prescripciones es ese “dinerillo” que la SGAE recauda y que no reparte entre sus socios porque no se identifican a los autores de las obras.
    ¿Y qué hace la SGAE con ese “dinerillo”? ¿Lo devuelve a los ciudadanos, empresarios e instituciones a los que ha cobrado? No, la SGAE se lo queda, y pasado unos años lo transfiere a la Fundación Autor y al Proyecto Arteria para la compra de inmuebles y teatros (para los que se va a gastar unos 300 millones de euros o 50.000 millones de pesetas).
    Teniendo en cuenta que la cantidad de “dinerillo” en prescripciones asciende a 180 millones de euros o 30.000 millones de pesetas (http://www.abc.es/20100120/cultura-cultura/cisma-cupula-sgae-20100120.html) es normal que la SGAE se pueda permitir el lujo de hacer esta inversión millonaria.
    Otra cuestión importante es saber en nombre de qué autores recauda la SGAE un dinerillo que no le pertenece. Aquí podemos incluir obras de autores anónimos, populares, de dominio público y de aquellos que no pertenecen a la SGAE.
    Cualquier persona normal se plantearía como improbable la posibilidad de que la SGAE incluya en su repertorio obras que no son de sus socios.
    Así que para comprobarlo accedo a su repertorio en Internet (https://socios.sgae.es/RepertorioOnline/) donde me aparece un mensaje en el que se dice entre otras cosas “La información contenida en la base de datos ha sido proporcionada a SGAE desde una variedad de fuentes, y SGAE no establece garantías o manifestaciones de ninguna clase con respecto a su exactitud”. Esto no me da ninguna confianza. Pero a pesar de ello tecleo la palabra “anónimo” en la pestaña de creadores y “?” en la de obras y nos salen 1.717 referencias de obras de autores anónimos.
    A continuación tecleo “dominio público” en la pestaña de autores y “?” en la de obra. Y el total es 20.000 obras de dominio público.
    Para finalizar tecleo “popular”, y tenemos un resultado de otras 20.000 (que coincidencia) de obras “populares”.
    Así que para empezar la SGAE tiene registrada unas 41.717 obras anónimas, populares y de dominio público. Todo ello sin contar las obras de autores que no son socios y por las que también cobra.
    Y yo me pregunto ¿esto no es un delito?

  4. [...] This post was mentioned on Twitter by jolaus, Miguel Angel Payeras and Seb, Eduardo Vidal. Eduardo Vidal said: RP {thecrow} #manifiesto #redsos El diezmo en Europa http://tinyurl.com/ygp7zm8 [...]

  5. A400M dice:

    Pues segun parece la Ley los ampara y el Estado los cobija

  6. Opino dice:

    Hola Salvador
    Me ha parecido interesante este link al repertorio de sgae y he hecho las mismas consultas que mencionas en tu post. Es curioso como un mismo hecho, puede llevar a tan diferentes conclusiones a dos personas. Y gracias a Dios que es así, y podemos divergir en cuanto a la opinión del otro.
    Mi interpretación de los resultados que arroja esta base de datos es otra; si entras en una de esas obras introduciendo la clave de seguridad, verás que en la mayoría de esas obras “populares” o “anónimas” aparece un coautor, editor, adaptador, etc que es el que comparte los derechos o dispone de una parte de ellos. En cuanto a las que mencionas como “dominio público” me he molestado en hacer una llamada al teléfono que aparece en su web, y me aseguran que sgae nunca puede cobrar por una obra de dominio público (por lo visto hay diferentes motivos para que así sea) si se interpreta en su versión original.
    Siento extenderme en el post, como decía lo que más me ha hecho pensar, es cómo un mismo descubrimiento puede ser interpretado de maneras tan diferentes por dos personas. No entiendo cómo concluyes que has descubierto un delito a partir de esa información, me parece, cuando menos, una frivolidad.
    Gracias, saludos.

  7. Dosnonauta dice:

    Hola Opino.
    No entiendo cómo concluyes que Salvador ha descubierto un delito a partir de su información. Salvador se pide si eso no será delito. Tú opinas que no. En este caso el único que parece concluir algo eres tú. Frívolamente, por cierto.

    En cualquier caso, de ser cierto la parte importante del mensaje de Salvador (que no es la que tú contestas) “frívolo” me parece que un ente llamado “sociedad general de Autores y Editores” cobre unos dineros en concepto de “prescripciones” y no los destine a los autores y editores y, como los has llamado “coautores” y “adaptadores” asociados que, de tan famélicos, se tienen que dedicar a cobrar algo tan deshonroso e impopular como el canon digital.
    Es una opinión.

  8. Salvador dice:

    Hola Opino:

    Como dice bien Dosnonauta yo me pregunto si eso es o no delito. No soy policía para acusar ni juez para juzgar.

    Por lo demás me estás dando la razón: Una entidad que se
    arroga la defensa de los derechos de autor de sus socios y antes de entrar en su catálogo te dice que “SGAE no establece garantías o manifestaciones de ninguna clase con respecto a su exactitud”.
    Si no la establecen ellos, que es su repertorio, ¿quien la va a establecer?.
    Además, si como tú dices no cobran por las obras de dominio público, ¿porqué las incluyen en su repertorio?
    Entonces, y siguiendo con tu razonamiento. Si no cobran por lo que no les corresponde ¿Cómo pueden tener esa cantidad de dinero en “prescripciones” que no reparten entre sus socios? Y ¿Porqué no devulven ese dinero que no debiera haber cobrado? y repito ¿eso es delito? ¿Es delito que un banco te cobre una comisión que no debiera?
    Para finalizar, tú pareces estár de acuerdo en que los copistas, , adaptadores, etc. sean tratados como autores de las obras populares y anónimas. Yo creo que forman parte del proceso comercial, no del creativo.

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